El Derecho de Igualdad
“El niño disfrutará de todos los derechos
enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los
niños, sin excepción alguna, ni distinción o discriminación por motivos de
raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole,
origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya
sea del propio niño o de su familia.”
A la protección especial para su
desarrollo físico material y social.
“El niño gozará de una protección especial
y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensando todo ello por la ley y
por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral,
espiritual y socialmente de forma saludable y normal, así como en condiciones
de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración
fundamental a la que se atenderá será el interés superior del niño.”
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